Lamentablemente me he enterado que hay una ley que dice:Spikendejo escribió:normalmente eso no aplica, el contrato se rescinde cuando se deja la casa sin tener que pagar ninguna indemnizacion (y mas cuando le avisas con 1 mes de anticipacion), obviamente siempre y cuando todos los pagos de la casa esten en orden... y no haya alguna claupsula en el contrato que indique lo contrario.
la vieja tiene razon en asegurar el deposito para ver si no hay nada roto en la casa, si encuentra algun desperfecto del que tu no le hayas informado, sea o no sea culpa tuya, te lo va a cobrar.
aun que ahora que lo pienso si el padre de tu ex funciona como aval y/o fue tu ex el que firmo el contrato a su nombre tu te puedes hacer boluda ya que son ellos los que tendrian que responder a los gastos de los que te acuse la casera.
aun que eso podria ocacionar que ellos te metan a su vez una demanda civil a ti exigiendo que tu les pages a ellos lo que ellos le pagaron a ella, pero no estoy seguro de si procederia.
Por lo tanto tiene derecho a pedirme la indemnización. Igual lo hace porque es una vieja de mierda que quiere plata a toda costa, porque sabe que mi situación no es que ande bañada en plata. Mi mamá, por ejemplo, se fue de donde ella alquilaba antes de que se venciera el contrato y no le cobraron eso, se quedaron con el depósito que se pone al principio cuando uno se muda y no pidieron más.Ley de Alquileres Nro. 23.091 escribió: Art. 8vo.- RESOLUCION ANTICIPADA
Resolución anticipada . El locatario podrá , transcurridos los seis primeros meses de vigencia de la relación locativa , resolver la contratación , debiendo notificar en forma fehaciente su decisión al locador con una antelación mínima de sesenta días de la fecha en que reintegrará lo arrendado. El locatario, de hacer uso de la opción resolutoria en el primer año de vigencia de la relación locativa, deberá abonar al locador , en concepto de indemnización, la suma equivalente a un mes y medio de alquiler al momento de desocupar la vivienda y la de un solo mes si la opción se ejercita transcurrido dicho lapso.
Ahora, lo de reterme esos 10 días, eso no creo que pueda hacerlo. Yo no tengo por qué pagar eso...
Mi mamá dice que me vaya a la mierda XD rompiendo la puerta (porque yo tengo llave de la puerta chica y no de la grande y no salen las todas las cosas por la puerta chica) y que le vayan a cobrar a los padres de mi ex XD. Pero esta medida es demasiado violenta para mi gusto y podría meterme en más problemas XD. Estoy viendo de consultar con una abogada a ver que es lo mejor que puedo hacer...
Gracias a los que comentaron y que me entienden, sentirme entendida me hace sentir mucho mejor